El Ayuntamiento de Torrecampo aprobó el año pasado la modificación de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre bienes Inmuebles para introducir una bonificación a aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa, en función del número de hijos de la unidad familiar y del valor catastral de la  vivienda.
Cada hijo con minusvalía computará como dos a efectos de determinar el número de hijos, considerándose personas con minusvalía quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33%.
Para tener derecho al disfrute de la citada bonificación, los sujetos pasivos titulares de familia numerosa deberán presentar, dentro de los dos primeros meses del año, la  correspondiente solicitud acompañada de los documentos siguientes:

  • Copia del carnet de titular de familia numerosa del sujeto pasivo propietario del inmueble.
  • Copia del recibo abonado del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del ejercicio anterior a la fecha de solicitud, que grava el inmueble objeto de la bonificación, debiendo coincidir el titular catastral con el titular de familia numerosa.
  • Para aquellos hijos mayores de 18 años que formen parte de la unidad familiar y que por razón de estar realizando estudios estén incluidos en el carnet de familia numerosa, deberán justificar documentalmente esta circunstancia.

Es requisito necesario que el bien inmueble constituya el domicilio habitual de todos los miembros de la familia y que su valor catastral sea igual o inferior a 100.000,00 euros.

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