Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 6.1).

Con la convocatoria para 2016 de estas ayudas se contribuye a favorecer el relevo generacional tan importante en este sector económico, así como a la creación de empleo y el desarrollo económico de las zonas rulares, evitando la despoblación y abandono de esas zonas. 

4. Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, periodo de mantenimiento y excepciones (artículo 3).

4.a).1.º Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:

Personas físicas.

4.a).2.º Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención a fecha de presentación de la solicitud:

1. Requisitos:

 a) Tener entre dieciocho y cuarenta años de edad, inclusive.

 b) Haber iniciado el proceso de instalación con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayudas. 

 c) Poseer la capacitación y competencias profesionales adecuadas.

 d) Presentar un plan empresarial viable técnica y económicamente para la primera instalación en una explotación agraria.

2. La persona solicitante deberá instalarse en una explotación agraria por primera vez como titular de la explotación, en alguna de las siguientes modalidades:

1.º Instalarse como titular exclusivo

2.º Instalarse como titular no exclusivo:

3. Se entenderá realizada la primera instalación y por tanto que ha comenzado a aplicarse el plan empresarial, en la fecha en la que se cumplan los tres requisitos siguientes: que se proceda al alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en la actividad agraria, que se proceda al alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores y que se acceda a la titularidad de la explotación agraria.

Más información; http://www.juntadeandalucia.es/servicios/ayudas/detalle/77975.html