El Ayuntamiento de Torrecampo aprobó el año 2021 la modificación de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre bienes Inmuebles para introducir una bonificación a aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa, en función del número de hijos de la unidad familiar y del valor catastral de la vivienda, en los siguientes términos:
Valor catastral | 3 hijos | 4 hijos | 5 o más hijos |
Igual o inferior a 50.000 € | 40% | 50% | 60% |
Más de 50.000 € y hasta 75.000 € | 30% | 40% | 50% |
Más de 75.000 € y hasta 100.000 € | 20% | 30% | 40% |
Cada hijo con minusvalía computará como dos a efectos de determinar el número de hijos,
considerándose personas con minusvalía quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33%.
Para tener derecho al disfrute de la citada bonificación, los sujetos pasivos titulares de familia numerosa deberán presentar, dentro de los dos primeros meses del año, la correspondiente solicitud acompañada de los documentos siguientes:
–Copia del carnet de titular de familia numerosa del sujeto pasivo propietario del inmueble.
–Copia del recibo abonado del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del ejercicio anterior a la fecha de solicitud, que grava el inmueble objeto de la bonificación, debiendo coincidir el titular catastral con el titular de familia numerosa.
Es requisito necesario que el bien inmueble constituya el domicilio habitual de todos los miembros de la familia y que su valor catastral sea igual o inferior a 100.000,00 euros.
La bonificación se concederá con carácter anual, pudiendo prorrogarse de oficio para sucesivos períodos impositivos, en tanto se mantengan las condiciones que motivaron su otorgamiento.
Las personas que lo tengan concedido del año pasado no tienen que presentar nueva solicitud.