Para seguir percibiendo el Ingreso Mínimo Vital, los titulares del IMV , así como los integrantes de su unidad de convivencia, tienen que presentar la declaración de la renta.

El plazo arranca el 7 de abril con la opción de confirmar el borrador telemáticamente y acaba el 30 de junio.

Puedes solicitar atención telefónica a partir del 4 de mayo y atención presencial a partir del 27 de mayo, ambas con cita previa.

Preguntas y respuestas sobre la declaración de la renta de los perceptores del IMV este enlace

Vídeo informativo

Si  tienes dudas  pide cita con la Auxiliar de inclusíón social de l Ayuntamiento.