Mediante decreto de fecha 25 de marzo de 2020, la Señora Alcaldesa suspendió la celebración de la feria de la localidad, prevista para los días 30 de abril a 4 de mayo. La fiesta local acordada por el Pleno de la Corporación para el 4 de mayo coincidía con el último de la feria, evento que ya no se celebrará. 

En razón de ello, en uso de la competencia que le atribuye el artículo 21.1.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y dado que el Pleno de la Corporación, en virtud de la normativa sobre prevención del COVID-19, no puede reunirse de forma presencial y aún no dispone de medios y conocimientos para hacerlo de forma virtual con todas las garantías legales.

HA RESUELTO:

  • Primero: Proponer a la Junta de Andalucía la suspensión de la fiesta local del día 4 de mayo.
  • Segundo: Remitir este decreto a la Consejerías de Trabajo y de Educación a fin de que surtan los efectos que procedan
  • Tercero: Someter este acuerdo al Pleno en la primera sesión que se celebre a efectos de ratificación.

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